fecha de respuesta: 23.11.2024
Las empresas de más de 50 trabajadores están obligadas a elaborar planes de igualdad y, a menudo, se crean comisiones de igualdad para desarrollarlos y vigilar su cumplimiento. Dichas comisiones suelen estar formadas por la dirección y representantes sindicales. Se encargan de revisar datos retributivos, promoción, lenguaje en contratos, protocolos de acoso, etc., identificando posibles discriminaciones. También reciben quejas o sugerencias de la plantilla. Si detectan desigualdades, proponen mejoras. Aunque la creación de la comisión en sí no siempre sea obligatoria, el plan de igualdad sí lo es, y su cumplimiento se supervisa, pudiéndose sancionar a la empresa si incumple lo acordado.