fecha de respuesta: 08.01.2025
Si el contrato de inversión estipula que las disputas se ventilan sólo en tribunales locales, pero el BIT otorga derecho a arbitraje, surge un conflicto. La jurisprudencia arbitral sostiene que un tratado internacional prevalece sobre el contrato privado, pues el inversor no puede renunciar a los derechos concedidos por el Estado en el BIT. Sin embargo, algunos laudos argumentan que si el inversor consiente expresamente la jurisdicción exclusiva local, se cierra la vía arbitral. Depende de la interpretación: la mayoría de la doctrina opina que la cláusula contractual no suprime el acceso al arbitraje del BIT, a menos que esté muy claro que hay renuncia inequívoca. Cada caso se analiza en su contexto.