fecha de respuesta: 30.10.2024
El artículo 337 del Código Penal tipifica como delito el maltrato a un animal doméstico o amansado, que le cause lesiones graves o muerte, con ensañamiento o brutalidad, o se realice en espectáculos no autorizados. Si el hecho no alcanza tanta gravedad, se acude a la sanción administrativa. Las penas incluyen prisión de 3 meses a 18 meses y la inhabilitación para ejercer profesiones relacionadas con animales o para su tenencia. Si concurren agravantes (uso de métodos crueles o si el maltrato se comete públicamente), la pena aumenta, pudiendo llegar a los 24 meses de prisión en casos especialmente graves. También se castiga la explotación sexual de animales.