fecha de respuesta: 21.11.2024
Para alegar que tu marca es renombrada y exigir protección ante productos no similares, precisas acreditar un alto grado de conocimiento por parte del público relevante en más de un territorio. Se aportan estudios de mercado (encuestas de notoriedad), volúmenes de ventas, campañas publicitarias, artículos de prensa, premios, extensión geográfica y temporal del uso. Mientras más consistente sea la evidencia, mayor la probabilidad de que la OEPM o el juez reconozcan su renombre. Una marca fuertemente difundida, con presencia en múltiples países, y asociada a grandes inversiones publicitarias, cumple tales requisitos de fama.