Pacto prematrimonial sobre una vivienda que heredé antes de casarme
- 03.08.2026
En el convenio regulador de mi divorcio, firmado hace un año en Huelva, se acordó que mi ex marido pagaría la mitad de la matrícula y el material escolar de nuestra hija cada septiembre, además de la pensión mensual ordinaria. Este curso se ha negado a pagar su parte alegando que ya paga suficiente con la pensión mensual, aunque en el convenio quedó claramente reflejado como un gasto adicional a repartir entre ambos. Necesito saber cómo puedo obligarle a cumplir esta parte concreta del convenio sin tener que iniciar un proceso judicial completo desde cero.
Dado que el convenio regulador ya fue homologado judicialmente mediante sentencia de divorcio, constituye un título ejecutivo pleno conforme al artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que le permite acudir directamente al mismo juzgado que dictó el divorcio para solicitar la ejecución forzosa de esa obligación concreta, sin necesidad de iniciar un nuevo procedimiento declarativo ni de discutir de nuevo si esa cláusula es válida, ya que eso ya quedó resuelto en su momento por la sentencia. El procedimiento de ejecución, regulado en los artículos 517 y siguientes de la misma ley, le permite solicitar el embargo de bienes o cuentas de su ex marido por el importe exacto que le corresponde pagar según lo pactado, incluyendo intereses de demora si el convenio o la ley los prevén, y el juzgado despachará ejecución si la deuda está suficientemente acreditada mediante los recibos o facturas de la matrícula y el material escolar. Es importante que conserve toda la documentación acreditativa del gasto, como el justificante de pago de la matrícula y del material, así como las comunicaciones en las que le ha reclamado su parte y él se ha negado, ya que esto reforzará su solicitud de ejecución ante el juzgado. Si este tipo de incumplimientos se repite de forma habitual cada curso escolar, puede además valorar solicitar en el mismo procedimiento o en uno posterior de modificación de medidas que se establezca un mecanismo más automático de pago, por ejemplo mediante dos transferencias directas equivalentes a cada mitad en el momento de la matrícula, evitando así depender de la buena voluntad de su ex marido para cumplir con esta obligación cada año.
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