¿Qué diferencias hay entre alimentos de los hijos y pensión compensatoria al cónyuge? - Abogados24-es.com

¿Qué diferencias hay entre alimentos de los hijos y pensión compensatoria al cónyuge?

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Pregunta del visitante

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09.01.2025

Me confundo con los pagos que debo hacer tras el divorcio: uno es la manutención de mi hijo, pero también me reclaman una pensión para mi exesposa. ¿En qué se basan cada una y cómo se determinan?

Respuesta a la pregunta 10.01.2025
fecha de respuesta: 10.01.2025

La pensión de alimentos (para los hijos) responde a la obligación parental de mantener y cubrir las necesidades de los menores, basada en su vínculo familiar. En cambio, la pensión compensatoria para el cónyuge se regula para equilibrar el desequilibrio económico derivado del divorcio. Se fundamenta en la situación laboral y patrimonial de la persona beneficiaria y en la duración del matrimonio. Las cuantías se fijan separadamente: para los hijos se valora su manutención, para el cónyuge se valora el perjuicio económico sufrido. Ambas pueden coexistir, pero son conceptos distintos.

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