fecha de respuesta: 14.12.2024
En casos de hijos con discapacidad que impide su autonomía económica, la obligación de alimentos puede continuar de forma indefinida o prolongada mientras se mantenga la necesidad. El progenitor está obligado a sostenerlo, aunque sea mayor de edad, pues no puede valerse por sí mismo. Cada situación se analiza individualmente, pero frecuentemente la pensión se mantiene de por vida o hasta que el hijo reciba suficiente protección social o sus propios ingresos.