fecha de respuesta: 04.11.2024
En casos de violencia de género, además de las medidas penales y de protección personal, el juzgado puede dictar medidas civiles urgentes, incluyendo alimentos provisionales para los hijos o para la propia mujer si procede. Se puede solicitar una orden de protección que incorpore la fijación inmediata de una pensión. Asimismo, las administraciones autonómicas ofrecen ayudas si el agresor no cumple con la manutención, siempre con la debida acreditación judicial. El objetivo es salvaguardar la seguridad y la estabilidad económica de la víctima y los menores.