fecha de respuesta: 20.12.2024
La Ley de Arbitraje permite al árbitro dictar medidas cautelares, pero su ejecución forzosa requiere la intervención del juez para que sean efectivas frente a terceros. A menudo, las partes primero solicitan medidas cautelares judiciales antes de iniciar el arbitraje, o paralelamente piden la homologación del laudo que impone tales medidas. Es más directo pedir al juzgado una orden de embargo o prohibición de enajenar, porque el juez sí tiene potestad coercitiva inmediata. El árbitro carece de facultades de ejecución forzosa por sí solo.