fecha de respuesta: 14.01.2025
Sí, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales permite externalizar la gestión de la prevención a un servicio de prevención ajeno, homologado. Esto implica un contrato con la entidad especializada, que se encarga de evaluar riesgos, formar a los trabajadores, realizar reconocimientos médicos si procede, etc. Aun así, la empresa sigue siendo responsable de que se cumplan las medidas preventivas. No es obligatorio tener un técnico en plantilla, siempre que el servicio externo cumpla con las exigencias, excepto para actividades de riesgo muy alto, donde se puede requerir una modalidad distinta.