¿Qué poder tiene la CNMV para vigilar la publicidad de productos de inversión complejos, como CFDs o Forex?
- 30.12.2024
Estoy por cerrar la compra de un piso y sé que debo acudir a un notario para firmar la escritura. Sin embargo, no tengo claro el orden de las gestiones: reserva, contrato privado, escritura pública, gestión de impuestos… ¿Cuál sería el proceso habitual y qué documentos hacen falta para formalizarlo correctamente?
Normalmente, primero se firma un contrato de arras o compromiso privado entre comprador y vendedor, donde se pacta el precio y la fecha límite para la escritura. Luego se acuerda la cita con el notario, presentando la Nota Simple, el certificado de la comunidad de propietarios y el DNI de las partes. El día de la firma de la escritura pública, se verifica la identidad, la situación registral y los pagos. Tras la firma, deberás liquidar los impuestos correspondientes (ITP en segunda mano o IVA en obra nueva, y AJD en algunos casos). Por último, se inscribe la compraventa en el Registro de la Propiedad. Todo ello garantiza la validez y seguridad jurídica de la operación.
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