fecha de respuesta: 22.11.2024
Es esencial pedir al vendedor un certificado expedido por el presidente o administrador de la comunidad, que refleje si el piso está al corriente de pagos de cuotas o si hay derramas extraordinarias pendientes. El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal permite a la comunidad reclamar la deuda al nuevo propietario si el anterior no pagó. Además, revisa las actas de las últimas juntas, para conocer si hay obras programadas o litigios que puedan implicar costes futuros. Así evitas sorpresas y negocias el precio sabiendo a qué compromisos te enfrentas.