fecha de respuesta: 21.11.2024
Las zonas francas son áreas del territorio aduanero donde las mercancías extracomunitarias pueden introducirse y almacenarse sin aranceles ni IVA, a la espera de su destino (reexportación, importación...). El reglamento permite un plazo (puede ser indefinido en algunos regímenes), pero a veces la autoridad de la zona franca o la normativa local establecen límites. Cabe prórroga si se justifica la necesidad (mercado, logística). La autoridad aduanera debe autorizarla. Mientras la mercancía permanezca ahí, no se devengan derechos, siempre que se cumplan las condiciones de control y no se realicen operaciones no permitidas (como venta retail o consumo).