fecha de respuesta: 26.10.2024
Sí, si se detecta una plaga cuarentenaria (por ejemplo, Xylella fastidiosa, picudo rojo, etc.), las autoridades de sanidad vegetal (Ministerio/Comunidad Autónoma) pueden imponer medidas fitosanitarias urgentes: destrucción de cultivos infectados, cuarentenas, prohibición de movimiento de plantas huésped, tratamientos obligatorios. Estas resoluciones se basan en la legislación fitosanitaria europea y nacional. El agricultor afectado puede recibir indemnizaciones si se decreta la erradicación de sus plantas, siempre que se cumplan los requisitos de la norma indemnizatoria. Se busca evitar la propagación de enfermedades que perjudican gravemente la producción y el comercio.