fecha de respuesta: 27.10.2024
Sí, la inversión de capital riesgo (venture capital) en sociedades startup o de rápido crecimiento se encuadra en el Derecho Mercantil, pues implica una ampliación de capital, la firma de un pacto de socios y condiciones para la salida (exit) del fondo. Se rige por la Ley de Entidades de Capital Riesgo, que regula las sociedades gestoras y los fondos. El acuerdo contempla cláusulas de protección, derechos de veto, drag-along o tag-along, etc. El inversor inyecta fondos a cambio de un porcentaje societario, con vistas a revalorizar su participación y venderla en el futuro. Los contratos se amparan en el régimen general de sociedades y la legislación de capital riesgo.