fecha de respuesta: 01.01.2025
En la contratación electrónica, el consentimiento surge cuando el comprador acepta la oferta del vendedor a través de los mecanismos digitales (por ejemplo, clic en 'comprar' o 'acepto los términos'), y el vendedor confirma la recepción de esa aceptación. La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información exige que el prestador proporcione medios para que el cliente corrija errores antes de enviar su solicitud y confirme la transacción. Además, se requiere un acuse de recibo. Como prueba, las plataformas de e-commerce guardan registros electrónicos (emails de confirmación, logs de servidor) que acreditan la voluntad de contratar. Así, digitalmente se equiparan las garantías al consentimiento dado por escrito.