fecha de respuesta: 25.11.2024
Desde enero de 2022, la directiva (UE) 2019/771 amplió la garantía legal de los bienes duraderos a 3 años en España, manteniéndose en 2 años para otros bienes según se define en la nueva ley. Históricamente era 2 años para la mayoría de productos, pero la reciente reforma del TRLGDCU reforzó los plazos y la presunción de no conformidad (antes 6 meses, luego 2 años). El vendedor responde de las faltas de conformidad y debe reparar, sustituir o reembolsar. Para los productos digitales, la cobertura también se amplía a un periodo equiparable. Esto refuerza la protección del consumidor de comercio electrónico y eleva la armonización en la UE.