fecha de respuesta: 14.12.2024
Sí, la empresa sancionada puede recurrir la resolución ante la Audiencia Nacional, alegando error en la base para el cálculo (facturación relevante, duración de la conducta) o la desproporción de la multa. La LDC fija como tope el 10% del volumen de negocios total. Los criterios para graduar la sanción incluyen la gravedad, duración, intencionalidad y reincidencia. Si la CNMC malinterpreta datos o comete un error, el juez puede modificar o anular la multa. Aun así, el margen de apreciación de la CNMC es amplio, y los tribunales suelen intervenir sólo si ven un claro exceso o equívoco metodológico.