fecha de respuesta: 28.11.2024
Sí, el Régimen Comunitario aplica a familiares de un ciudadano de la Unión (incluyendo España) o del EEE/Suiza. El cónyuge, pareja registrada, hijos y ascendientes a cargo pueden solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE. Se rige por el Real Decreto 240/2007. Tienen menos requisitos que el régimen general: basta con acreditar vínculo familiar y que el ciudadano de la UE cumpla ciertas condiciones (empleo, estudios o recursos suficientes). Obtienen inicialmente una tarjeta de 5 años. Posteriormente, acceden a la residencia permanente. Es un procedimiento más sencillo y con más derechos que el régimen general de extranjería.