fecha de respuesta: 31.10.2024
El procedimiento de asociación para la innovación, introducido por la normativa europea y la Ley 9/2017, permite a la Administración contratar una investigación o desarrollo de soluciones innovadoras cuando no hay un producto adecuado en el mercado. Se convoca a empresas especializadas, se acuerdan etapas de I+D y, si se alcanza un prototipo satisfactorio, la Administración puede adquirirlo. Permite combinar la fase de desarrollo con la posibilidad de compra posterior, sin relanzar otro procedimiento. Favorece la innovación en sectores como tecnología, salud o energía, impulsando colaboraciones público-privadas para soluciones que aún no existen comercialmente. Se rige por principios de transparencia y concurrencia, pero con flexibilidad en la negociación.