fecha de respuesta: 21.11.2024
Sí, cada comunidad puede tener su propio tribunal administrativo de recursos contractuales que resuelve impugnaciones sobre contratos de su ámbito, siempre que cumplan umbrales o materias que habiliten el recurso especial. Actúa de forma análoga al Tribunal Administrativo Central, pero limitado a la contratación de la Administración autonómica o local de su territorio. Sus resoluciones pueden ser recurridas ante la jurisdicción contencioso-administrativa. La coexistencia de estos tribunales refuerza la descentralización y proximidad del control, aplicando la misma normativa básica a nivel estatal con matices de la legislación autonómica.