fecha de respuesta: 23.11.2024
La Ley permite que en los pliegos se exija el respeto a las condiciones laborales establecidas por convenio sectorial, en tanto sea una cláusula vinculada al objeto del contrato y no contravenga la legislación laboral. Se considera una cláusula de tipo social que refuerza la idea de no precarizar. La empresa adjudicataria debe garantizar que sus empleados aplicados en el contrato se rijan por el convenio correspondiente. Sin embargo, no puede obligar a mejorar dicho convenio ni imponer uno distinto al que legalmente corresponda. El incumplimiento puede conllevar penalizaciones o incluso la resolución.