fecha de respuesta: 29.12.2024
No existe una norma que obligue a la tarificación por segundos, pero la Ley de Consumidores y la normativa sectorial exigen transparencia en el sistema de facturación. Las operadoras pueden establecer tarificación por bloques, siempre que lo informen claramente y no resulte engañoso. Por competencia, la mayoría ofrece tarifas con facturación en segundos o redondeo al minuto, según la oferta comercial. Si se publicita una tarifa por minuto sin aclarar el redondeo, puede interpretarse como práctica engañosa. El usuario debe conocer si se cobra por cada minuto completo (aunque hable 10 segundos del siguiente bloque) o por segundos efectivamente consumidos.