fecha de respuesta: 30.10.2024
En alta mar, fuera de aguas territoriales, rigen convenios internacionales (OMI) y normativas de la bandera del buque. La telefonía satelital se basa en acuerdos con proveedores globales (Inmarsat, Iridium). La legislación española se aplica si el buque es de bandera española y la empresa está establecida en España. Sin embargo, no es un servicio universal ni se exige la misma cobertura de la Ley 11/2022. Sí se requiere garantizar comunicaciones de emergencia y no interferir otras frecuencias. Gran parte se rige por la UIT y convenios GMDSS. La CNMC no ejerce su competencia en alta mar, salvo aspectos contractuales si la empresa se ubica en territorio español.