¿Cómo pueden los operadores solicitar dominio público radioeléctrico para servicios 5G? - Abogados24-es.com

¿Cómo pueden los operadores solicitar dominio público radioeléctrico para servicios 5G?

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Pregunta del visitante

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03.11.2024

¿Han de participar en subastas? ¿Qué dice la Ley de Telecomunicaciones?

Respuesta a la pregunta 06.11.2024
fecha de respuesta: 06.11.2024

La Ley 9/2014 de Telecomunicaciones establece que el espectro radioeléctrico es un bien de dominio público. El Ministerio convoca subastas o concursos para asignar frecuencias (bandas 700 MHz, 3,5 GHz, etc.) destinadas a 5G. Los operadores interesados presentan ofertas económicas y planes de despliegue, y si ganan, obtienen licencias por cierto plazo con obligaciones de cobertura. El Gobierno fija las condiciones de la subasta (precios mínimos, compromisos de inversión). También pueden darse asignaciones directas si la banda no tiene demanda excesiva. Una vez asignadas, la CNMC supervisa que no haya abusos ni acaparamiento del espectro contrarios a la competencia.

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