fecha de respuesta: 16.12.2024
Sí, la ley prevé jubilaciones anticipadas para actividades especialmente peligrosas o penosas: minería, bomberos, fuerzas de seguridad, personal de vuelo, etc. Se establecen coeficientes reductores de la edad (por ejemplo, un 0,50 por año trabajado en minas, lo que permite jubilarse antes de la edad ordinaria). Cada sector debe contar con regulación específica que justifique la peligrosidad y la incidencia en la salud. También se cotiza adicionalmente al fondo de la Seguridad Social. Estos coeficientes reducen la edad de jubilación efectiva, y si se han alternado distintas actividades, se aplica la proporción correspondiente a cada trabajo penoso.