fecha de respuesta: 03.11.2024
El transporte discrecional de viajeros (p. ej., autocares para excursiones turísticas) está sujeto a la demanda estacional: en verano o fechas especiales, la solicitud aumenta. La empresa puede fijar contratos con agencias o clientes puntuales. No está obligada a aceptar todos los servicios si supera su flota. Aun así, debe respetar la competencia leal y no incurrir en discriminación injustificada. Si su capacidad es limitada, puede denegar servicios cuando no disponga de autobuses libres. No hay una obligación de servicio universal como en el transporte regular. Sin embargo, si pacta el servicio y luego lo cancela sin causa, incurre en incumplimiento contractual y debe indemnizar al cliente.