¿Qué significa la equiparación de resultados entre deporte femenino y masculino?
- 06.11.2024
El contrato de patrocinio es una figura ampliamente utilizada en el ámbito deportivo para garantizar la colaboración económica entre entidades y deportistas o clubes. Me interesa saber cómo se define legalmente, qué obligaciones asumen las partes y de qué modo se protegen los derechos de imagen del deportista en este tipo de acuerdos.
El contrato de patrocinio en Derecho Deportivo se basa en la relación contractual en la que un patrocinador (normalmente una marca o empresa) financia total o parcialmente a un deportista, club o evento, obteniendo a cambio publicidad y proyección de su imagen. La normativa española se complementa con la Ley del Deporte y la jurisprudencia relativa a derechos de imagen y propiedad intelectual. Suele regularse detalladamente la duración, la cuantía económica, las obligaciones de aparición en actos promocionales y el uso de la imagen del deportista. El patrocinador no puede abusar ni asociar la imagen del deportista a fines distintos de los pactados, y se establecen cláusulas de rescisión en caso de incumplimiento, doping o conductas que perjudiquen la reputación. Es un contrato especial que combina aspectos de publicidad, derechos de imagen, fiscalidad y Derecho Deportivo.