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Mi marido y yo llevamos seis años casados en Santander, no tenemos hijos en común y estamos totalmente de acuerdo en divorciarnos y en cómo repartir el piso y los ahorros que tenemos. Nos han dicho que al no tener hijos podríamos hacerlo directamente ante notario sin pasar por el juzgado, lo cual nos interesa porque parece más rápido. Nos gustaría saber cómo funciona exactamente ese trámite notarial y si necesitamos igualmente contratar un abogado para ello.
Soy de origen latinoamericano y obtuve mi residencia en España hace tres años gracias a mi matrimonio con un ciudadano español, con quien resido en Zaragoza. Actualmente estamos en trámites de divorcio de mutuo acuerdo, pero me preocupa mucho qué pasará con mi permiso de residencia una vez que el divorcio se formalice, ya que no sé si perderé automáticamente mi situación legal en España al dejar de estar casada con un español.
Mi ex marido y yo nos divorciamos civilmente hace cuatro años en Madrid, un proceso que fue relativamente sencillo porque estábamos de acuerdo en todo. Ahora yo querría volver a casarme por la iglesia con otra persona, pero me han dicho que para hacerlo necesitaría también la nulidad eclesiástica de mi primer matrimonio, ya que el divorcio civil no tiene efectos para la iglesia católica. No entiendo bien la diferencia entre ambos procesos ni si tramitar la nulidad canónica ahora podría afectar de alguna manera a la sentencia de divorcio civil que ya tenemos firme.
Mi tía falleció recientemente en Valencia y me ha dejado como heredera de un piso y unos ahorros, según su testamento. Es la primera vez que me enfrento a una herencia y no tengo claro cuánto tiempo tengo legalmente para liquidar el impuesto de sucesiones, ni si existen bonificaciones o reducciones que puedan aplicarse en mi caso al ser sobrina y no hija directa de la fallecida, ya que he oído que el parentesco influye mucho en la cantidad final a pagar.
Estamos en proceso de adopción nacional de un niño de seis años en Valladolid, y aunque queremos que lleve nuestros apellidos para integrarse plenamente en la familia, el pequeño ha expresado que le gustaría conservar de alguna forma el recuerdo de su apellido biológico, con el que ha crecido hasta ahora. No sabemos si legalmente es posible combinar ambas cosas ni cómo se gestiona el cambio de apellidos una vez que se formaliza la adopción ante el juzgado.
Mi pareja y yo llevamos conviviendo varios años en Murcia sin estar casados ni inscritos como pareja de hecho, y tenemos un hijo pequeño en común. Hemos decidido separarnos, pero la vivienda donde vivimos está alquilada únicamente a nombre de mi pareja. Me gustaría saber si, al no estar casados ni ser pareja de hecho formalmente inscrita, tengo algún derecho a permanecer en esta vivienda junto con nuestro hijo, o si simplemente debo abandonarla porque el contrato de alquiler no está a mi nombre.
Tengo cuarenta años, vivo sola en Murcia y trabajo de forma estable como funcionaria desde hace más de una década. Siempre he querido ser madre y, tras valorar distintas opciones, he decidido iniciar el proceso de adopción nacional sin tener pareja. Algunas personas de mi entorno me han comentado que quizás las administraciones prioricen a las parejas frente a las solicitudes individuales, y me gustaría saber si legalmente existe algún impedimento para adoptar siendo una mujer soltera y qué debo tener en cuenta antes de solicitarlo.
Somos una pareja de Toledo que se ha ofrecido como familia acogedora ante la entidad pública de protección de menores, y en las entrevistas nos han hablado de distintas modalidades de acogimiento sin que quedara muy claro para nosotros qué diferencia real existe entre un acogimiento simple y uno permanente, ni qué consecuencias tiene cada uno para nuestra relación con el menor a largo plazo y para la posibilidad de que la situación termine en una adopción futura.
Cuándo es necesario consultar a un abogado? Las personas deciden visitar a un abogado cuando enfrentan dificultades significativas. La asistencia profesional de un abogado en Madrid es a menudo solicitada cuando el caso ya está en el tribunal o en una institución y las cosas no están yendo como se esperaba. O peor aún, el caso ya ha sido perdido. Por lo tanto, recomendamos no retrasar la consulta y resolver el problema lo antes posible.
Los precios de los servicios de los abogados se determinan por el volumen de trabajo y la complejidad del caso. En promedio, los servicios de un abogado comienzan a partir de 100 EUR. Elija candidatos según las calificaciones y opiniones. Muchos tienen ejemplos de trabajos realizados.
Las consultas con abogados en Madrid comienzan desde 70 EUR y pueden ser más altas (los precios pueden variar según la complejidad de la cuestión y el tipo de respuesta).
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