¿Cómo funciona el régimen transitorio de edificaciones anteriores a la norma urbanística? - Abogados24-es.com

¿Cómo funciona el régimen transitorio de edificaciones anteriores a la norma urbanística?

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Pregunta del visitante

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13.01.2025

Si mi casa es de 1970 y ahora está en suelo no urbanizable, ¿la ampara el derecho adquirido?

Respuesta a la pregunta 18.01.2025
fecha de respuesta: 18.01.2025

Muchas leyes autonómicas reconocen un régimen de tolerancia para edificaciones preexistentes a la normativa más restrictiva, sin exigir su demolición. Se acoge al principio de 'fuera de ordenación' o 'asimilado a fuera de ordenación'. Se respeta su uso actual, pero no se autoriza su ampliación. Aun así, puede requerirse la acreditación de la antigüedad (certificado final de obra, fotos aéreas) y la inexistencia de expedientes sancionadores. Estos derechos adquiridos no equivalen a legalidad plena si la edificación incumple planeamiento. La demolición sólo ocurre si hay peligro o si la ley así lo establece por protección superior. Cada comunidad regula sus propios procedimientos de reconocimiento de la situación.

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