fecha de respuesta: 02.12.2024
Los empleados públicos tienen regulación específica: el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y la legislación laboral para personal laboral. Para funcionarios, existe el derecho a la negociación colectiva, pero los convenios se denominan acuerdos o pactos, y están supeditados a los límites presupuestarios y a la ley. No se pactan salarios unilateralmente, sino que interviene la ley de Presupuestos Generales del Estado o autonómicos. El personal laboral público sí se rige por convenios colectivos sectoriales o propios. También se establecen mesas de negociación con los sindicatos de la Función Pública. En todo caso, prevalece la legalidad pública y los principios de mérito y capacidad.