fecha de respuesta: 01.12.2024
Sí, tras la reparcelación se adjudica a cada dueño una nueva finca urbanística. Ésta se inscribe en el Registro de la Propiedad y se le asigna un porcentaje de edificabilidad. El propietario puede venderla a promotores o construir él mismo. Eso sí, debe cumplirse el deber de urbanizar y costear las infraestructuras que le correspondan, o estar exonerado si ya ha pagado a la Junta de Compensación. Una vez hecha la distribución de cargas y cesiones, las parcelas resultantes son perfectamente comercializables, salvo que el planeamiento prevea alguna limitación específica (p.ej., uso residencial protegido). El mercado de suelo urbano consolidado se nutre así de las parcelas resultantes de cada proyecto de urbanización.