fecha de respuesta: 11.01.2025
Sí, el RGPD y la LOPDGDD exigen que si una parte (encargado del tratamiento) gestiona datos personales por cuenta de otra (responsable), el contrato debe incluir cláusulas sobre la finalidad, la duración, las medidas de seguridad, la subcontratación, etc. Se denomina 'contrato de encargo de tratamiento'. Si no se contemplan esas cláusulas, se incurre en infracción sancionable. Además, se deben informar a los interesados (clientes, empleados) de cómo se tratan sus datos y con qué base legal. Cualquier contrato con implicaciones de datos personales (por ejemplo, outsourcing de nóminas) debe contemplar la normativa de protección de datos.