fecha de respuesta: 06.12.2024
Si adquieres la entidad o una unidad productiva autónoma, asumes los contratos laborales y las condiciones vigentes (incluidos salarios y antigüedad). El Convenio Colectivo aplicado antes de la compraventa se mantiene. El artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores regula la sucesión de empresa, protegiendo los derechos de los trabajadores. Si quieres cambiar las condiciones, tendrás que cumplir la normativa laboral (modificación sustancial de condiciones o descuelgue de convenio). Por lo tanto, conviene revisar la política laboral y ver si hay posibles acuerdos o contingencias no resueltas.