fecha de respuesta: 10.01.2025
En España, las bases de datos originales están protegidas por derechos de autor si su selección o disposición constituye una creación intelectual. Además, existe un derecho sui generis sobre bases de datos que resulten de una inversión sustancial (Ley de Propiedad Intelectual, art. 133 y ss.), protegiendo al productor contra la extracción o reutilización de partes sustanciales. Esto no cubre datos aislados, sino la estructura o el esfuerzo invertido para compilar la base. Para invocar esta protección, es fundamental demostrar la inversión en la elaboración y que la extracción sin permiso daña al titular. Así, aunque los datos en sí puedan ser de dominio público, la compilación y disposición gozan de protección.