fecha de respuesta: 23.12.2024
Existen instrumentos de la Unión Europea que facilitan la reclamación internacional de alimentos. Puede presentar la demanda en España, solicitando medidas de manutención conforme a su competencia internacional, y el juez dictará una resolución que podrá ejecutarse en el país de residencia del deudor. El Reglamento (CE) 4/2009 sobre obligaciones alimenticias y el Convenio de La Haya de 2007 permiten el reconocimiento y la ejecución de sentencias en materia de alimentos dentro de la UE. Un abogado especializado en derecho de familia y derecho internacional le asesorará sobre la documentación requerida. La parte demandada, aunque resida en Alemania, estará obligada a comparecer o designar representante, y la sentencia será ejecutable allí mediante los mecanismos de cooperación judicial europea.