fecha de respuesta: 26.12.2024
El uso de drones se rige por la normativa aeronáutica (Ley 18/2014, Real Decreto 1036/2017) y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA). Exige que el piloto esté habilitado y se cumplan restricciones de altura, visibilidad, distancias a núcleos urbanos, aeropuertos, etc. Para filmar en zonas privadas, se requiere respetar la intimidad (Ley Orgánica 1/1982) y no invadir la propiedad sin autorización. El periodismo puede utilizar drones si cumple los requisitos y solicita permisos si vuela en espacios restringidos (p.ej. eventos masivos). Filmar gente sin su consentimiento puede vulnerar su derecho a la imagen, salvo si hay interés informativo real y se respeta la proporcionalidad en la captación.