fecha de respuesta: 19.12.2024
La última reforma laboral ha impulsado la figura del contrato fijo-discontinuo para actividades cíclicas o estacionales. Deja de ser apropiado recurrir a contratos temporales por obra o servicio. El fijo-discontinuo permite llamar al trabajador cada campaña o temporada, sin que pierda la antigüedad. Se deben especificar los criterios de llamamiento en el convenio o en el contrato. No se puede utilizar la temporalidad sin causa real. Este contrato otorga mayor estabilidad al empleado y reduce la precariedad, por lo que la Inspección vigila su correcto uso.