fecha de respuesta: 06.12.2024
Lo primero es leer atentamente las bases reguladoras de ambas subvenciones, ya que allí suelen indicar si son compatibles o no. A veces permiten la cofinanciación siempre que no se supere el 100% del gasto subvencionable. En otros casos, establecen incompatibilidad total con ayudas de idéntico objeto. Además, conviene revisar el régimen de minimis si son ayudas públicas sujetas al límite europeo. De incumplirse, podrían exigir la devolución. Es básico llevar un control exhaustivo de las ayudas concedidas, las partidas financiadas y comunicar a la nueva convocatoria que ya cuentas con otra ayuda, para evitar sanciones.