fecha de respuesta: 15.12.2024
Muchas sentencias incluyen una cláusula de actualización anual con referencia al IPC (Índice de Precios al Consumo) publicado por el INE (Instituto Nacional de Estadística). Para calcularlo, se toma la cantidad inicial y se aplica el porcentaje de variación del IPC cada año, normalmente en la fecha de aniversario de la sentencia o en enero. Si la sentencia no especifica el índice exacto, se interpreta como IPC general. Es recomendable enviar al otro progenitor un comunicado explicando el nuevo importe según el cálculo. Si hay desacuerdo, se puede requerir vía judicial.