fecha de respuesta: 17.12.2024
Sí, si existe una agresión física o un acto violento motivado por odio racial, religioso, homófobo, etc., se tipifica como delito de odio conforme al Código Penal. Esto conlleva penas más severas que una simple agresión. El juez valora la motivación discriminatoria como circunstancia agravante o como tipo penal específico (art. 510 y 22.4 CP). Por ejemplo, si alguien hiere gravemente a otra persona gritando insultos racistas, la condena aumenta en comparación a una agresión sin motivación discriminatoria. Puede llegar a varios años de prisión, además de inhabilitaciones y responsabilidades civiles. Es una respuesta legal para proteger a grupos vulnerables de la violencia motivada por el prejuicio.