fecha de respuesta: 03.12.2024
Toda empresa, por pequeña que sea, debe cumplir la Ley 31/1995 de PRL y el RD 39/1997, aunque la forma de gestión puede adaptarse a la dimensión. El empresario puede asumir directamente la prevención si tiene hasta 10 empleados y desarrolla su actividad en un único centro, siempre que no sea de riesgo especial. Debe elaborar una evaluación de riesgos, plan de emergencia básico y formación mínima a los trabajadores. No es necesario un servicio de prevención ajeno si el empresario asume dicha función, pero la Inspección puede exigir la acreditación de la formación en PRL y la documentación de evaluación y planificación preventiva.