fecha de respuesta: 05.12.2024
La exclusividad territorial se pacta para que el franquiciado opere sin competencia directa de la misma red en una zona determinada. No es obligatoria, pero sí frecuente. Si se concede, el franquiciador no puede establecer otros franquiciados ni explotar la marca en ese territorio. A cambio, el franquiciado se compromete a explotar eficazmente la zona. Si no se pacta exclusividad, la central podría implantar otra unidad cercana. Por eso conviene detallar los límites geográficos, la duración y las condiciones para conservar o perder la exclusividad (por ejemplo, ventas mínimas).