fecha de respuesta: 05.12.2024
Sí, la Ley General de la Comunicación Audiovisual fija un límite de publicidad en televisión, que no puede superar los 12 minutos por hora natural, y restringe la inserción de anuncios publicitarios de forma que no interrumpan excesivamente los programas. Además, obliga a distinguir con claridad los espacios publicitarios de la programación, evitando la publicidad encubierta. Las telepromociones deben etiquetarse como tal y no confundirse con contenido editorial. Igualmente, los patrocinios deben señalarse. La CNMC y, en su caso, otras autoridades revisan denuncias de exceso de publicidad o publicidad ilícita (por tabaco, medicamentos sujetos a prescripción, etc.). En radio también se aplican normas, aunque algo más flexibles, pero siempre exigiendo diferenciación entre publicidad y contenido.