¿Cómo se define la publicidad agresiva o ‘spam’ telefónico en la normativa española? - Abogados24-es.com

¿Cómo se define la publicidad agresiva o ‘spam’ telefónico en la normativa española?

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Pregunta del visitante

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16.11.2024

¿Hay un registro para evitar llamadas comerciales no deseadas?

Respuesta a la pregunta 19.11.2024
fecha de respuesta: 19.11.2024

Se califica como publicidad agresiva o spam telefónico cuando se hacen llamadas repetitivas y no consentidas, invadiendo la privacidad del usuario. El RGPD y la LSSI obligan a recabar consentimiento o tener base legítima, y el usuario debe poder oponerse fácilmente. Existe la Lista Robinson, un registro donde los consumidores se inscriben para no recibir publicidad. Las empresas deben consultar esa lista y abstenerse de llamar a quienes figuren. El incumplimiento acarrea sanciones administrativas. También se aplica la prohibición de insistentemente perseguir al consumidor o ignorar su negativa. Esto protege el descanso y la privacidad.

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