fecha de respuesta: 16.01.2025
Si el Estado impide la puesta en marcha de un proyecto de inversión que estaba suficientemente avanzado, el tribunal arbitral puede reconocer un 'pérdida de oportunidad' (loss of opportunity). No se indemniza el beneficio puro hipotético, sino la probabilidad de éxito que se calculaba. Se recurre a proyecciones de ingresos y una tasa de riesgo. Así, la indemnización cubre la porción realista de beneficios que se habrían obtenido si no surgía la conducta ilícita. La verificación de la seriedad del proyecto y la probabilidad de rendimientos es clave. Se descarta la mera especulación sin planes sólidos, y se valora la legitimidad de las expectativas de rentabilidad.