fecha de respuesta: 25.11.2024
La sanidad pública debe ofrecer sus servicios en condiciones de igualdad y universalidad, conforme al artículo 43 de la Constitución y a las leyes de salud. Cualquier discriminación por raza, etnia, idioma o nacionalidad es contraria a los principios del Sistema Nacional de Salud. Además, los profesionales sanitarios han de respetar la dignidad y la autonomía del paciente, sin exclusión ni trato desigual. Existen protocolos de asistencia lingüística en algunas comunidades para personas que no hablan español, y no puede negarse la atención de urgencia a nadie, sin importar su situación administrativa. Si un centro público o concertado discrimina, se puede denunciar ante la administración sanitaria y emprender acciones judiciales por vulneración de derechos.