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¿Cómo se gestiona el transporte por cable, como funiculares y teleféricos, dentro del Derecho de Transporte?

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Pregunta del visitante

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26.11.2024

¿Está en la LOTT o en otra norma?

Respuesta a la pregunta 29.11.2024
fecha de respuesta: 29.11.2024

El transporte por cable (funiculares, teleféricos) se rige por su propia normativa técnica y por la competencia de las comunidades autónomas si el servicio es interno. El Real Decreto 2291/1985 y disposiciones posteriores establecen condiciones de seguridad y explotación, pero no está directamente dentro del ámbito principal de la LOTT. Es un tipo de transporte especial, a menudo regulado por la Ley de Ferrocarriles si se asimila a instalaciones fijas, o por decretos autonómicos. Además, se exige la aprobación de proyectos, inspecciones periódicas y licencias de servicio público si transporta viajeros.

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