fecha de respuesta: 13.12.2024
Si la marca está registrada a nombre de la sociedad y compras la sociedad (acciones), la marca sigue siendo propiedad de la sociedad, sin más trámite. Pero si compras solo el fondo de comercio o el activo 'marca', se requiere firmar un documento de cesión de marca y presentarlo ante la OEPM para la inscripción, haciendo constar el nuevo titular. Mientras no se anote en el Registro de Marcas, la cesión no es plenamente oponible a terceros. Revisar si la marca tiene renovaciones pendientes o conflictos. Incluir la cesión de la marca en la escritura o en un contrato separado es crucial para su validez legal.