fecha de respuesta: 05.01.2025
Si deseas emprender o ser autónomo, necesitas la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia. Se exige un plan de negocio detallado, viabilidad económica, acreditación de inversión, titulación o experiencia profesional acorde y, si procede, licencias o colegiaciones. Además, demostrar fondos suficientes para mantenerse y desarrollar la actividad sin cargas para la seguridad social. Se solicita primero en el Consulado español correspondiente, aportando la documentación del proyecto y la solvencia. Una vez autorizado, se obtiene el visado para entrar a España y, en el plazo de un mes, tramitar la tarjeta de residencia y trabajo por cuenta propia (TIE) en la Oficina de Extranjería.